¡La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sacó la cara por las trabajadoras sexuales de Oaxaca este lunes! Canceló de tajo los cobros discriminatorios impuestos por el municipio a estas mujeres para acceder a servicios médicos, ya que resultaban ser una vil patada al principio de igualdad.
Sí, así como lo oyes. Por unanimidad, los integrantes del tribunal apoyaron la moción del señor ministro Irving Espinosa Betanzo y mandaron al diablo las tarifas abusivas de la Ley de Ingresos capitalina. ¡Bola de sinvergüenzas!
La norma establecía cobros desiguales dependiendo de dónde trabajaran las mujeres: 96.16 pesos para las que laboraban en «casas de cita» y centros nocturnos, y 63.35 pesos para las que se partían en las calles y bares. ¡Qué bonito repartición equitativo, ¿no crees?!
En la sesión, la ministra Loretta Ortiz Ahlf no se anduvo con rodeos: tildó tan estupidez de «acto de discriminación institucional». Y es que, ¿cómo se les ocurre aplicar tarifas distintas para un mismo servicio solo por el tipo de trabajo o lugar de chamba? ¡Les pintaron el dedo!
¡Pero eso no es todo! El ministro ponente dejó claro que la razón de ser de estos cobros no era el costo real del servicio, sino el lugar de trabajo. ¡Pero qué bárbaros! No es más que pura discriminación institucionalizada.
Por si fuera poco, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) se aventó un tiro por la espalda y logró que no solo se esfumaran esas tarifas abusivas, también se mandó a la fregada algunas disposiciones de la Ley de Ingresos relacionadas con servicios en bibliotecas municipales. Y sí, de paso, se acabaron las infracciones con redacciones ambiguas. ¡Viva México, señores!
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